miércoles, 8 de enero de 2014

Medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2014 en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Los transportes de mercancías en general y peligrosas tendrán prohibido circular entre el 31 de mayo y el 14 de septiembre los sábados, domingos y festivos desde las 11 hasta las 14 horas en algunos tramos de la A-8, y los domingos y festivos desde las 16 hasta las 22 horas . 

Con fecha de 24 de diciembre de 2013 ha sido publicada en el BOE la Resolución del Gobierno Vasco de 16 de diciembre de 2013 por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2014 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Transporte de mercancías en general, vehículos de más de 7.500 kg de MMA.

Entre el 31 de mayo y el 14 de septiembre, se prohíbe la circulación en las siguientes fechas y horarios:


• Sábados, domingos y festivos desde las 11 hasta las 14 horas en A-8 (desde km 115 hasta el límite con la provincia de Cantabria, sentido Cantabria y en N-1/A-1, entre el enlace N-622 y Treviño y entre Treviño y el límite con la provincia de Burgos, ambos sentido Burgos).
• Domingos y festivos desde las 16 hasta las 22 horas en los mismos tramos de las carreteras antes señaladas, pero sentido País Vasco.



En la A-8 desde km. 115 al límite Cantabria y N-634 desde km. 107 al límite Cantabria, en ambos casos sentido Cantabria, desde las 17 hasta las 22 horas los días 27 junio y 5 diciembre y desde las 11 hasta las 14 horas los días 28 junio y 6 diciembre. En esas mismas carreteras, pero sentido Bilbao, desde las 16 hasta las 22 horas los días 6 enero y 8 diciembre.


En la N-I desde enlace N-622 hasta Treviño y desde Treviño al límite provincia de Burgos sentido Burgos, en N-240 en Vizcaya desde km. 11 al 43 y en Álava desde km 23 al 5, ambos sentido Vitoria y en A-8 desde km 115 al límite Cantabria y N-634 del km 107 al 136 ambos sentido Cantabria , los días 16 y 30 abril, 24 y 30 julio desde las 17 hasta las 22 horas y los días 17 abril, 1 mayo y 25 y 31 julio desde las 10 hasta las 15 horas. En esas mismas carreteras pero sentido Vitoria en la N-I y sentido Bilbao en el resto los días 21 abril, 4 mayo, 15, 30 y 31 agosto desde las 16 hasta las 22 horas.

La N-622 desde el km. 7,6 hasta el km. 4,5 sentido Vitoria tendrá restricciones el día 30 de juliodesde las 17 hasta las 22 horas y el 31 de julio desde las 10 hasta las 15 horas.

Exenciones: están exentos de cumplir las anteriores restricciones sin solicitar autorización los siguientes tipos de transporte: mercancías perecederas, animales vivos, instalación de ferias y espectáculos, atención de emergencias, prensa, correo, venta ambulante, grúas de asistencia en carretera, unidades móviles de medios de comunicación, vehículos en vacío relativos a los anteriores tipos de transporte.

Restricciones al Transporte Transfronterizo, los días 20 y 21 abril, 1, 8, y 29 mayo, 8 y 9 junio, 14 julio, 15 agosto 1, 11 noviembre, 25 diciembre y 1 enero 2015 desde las 22 horas de la víspera hasta las 22 horas de los referidos días en las siguientes carreteras:

• AP-8 desde Erletxe a la Frontera con Francia, sentido Behobia
• GI-20 desde enlace AP-8 Aritzeta hasta AP-8 Errenteria, sentido Francia
• A-15 límite provincia Navarra hasta km. 156, sentido Andoain
• N-I desde límite Burgos hasta Treviño y dese Treviño hasta enlace N-622, sentido Vitoria y desde límite Navarra hasta enlace AP-8 / AP-1 Lasarte, sentido Francia
• GI-636 desde enlace GI-20 Pasaia hasta Behobia, sentido Francia
• GI-11 desde enlace N-1 – km 0 hasta enlace GI-20 – km 2,52, sentido San Sebastián
• N-121A desde límite Navarra hasta Behobia, sentido Francia

Transporte de mercancías peligrosas

Se prohíbe la circulación en ambos sentidos en toda la red de carreteras del País Vasco los domingos y festivos en la Comunidad desde las 8 hasta las 24 horas y las vísperas (no sábados) de festivos desde las 13 hasta las 24 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8 hasta las 24 horas.

Además, a los vehículos que transporten mercancías peligrosas de más de 7.500 kg de MMA se les aplicarán las restricciones establecidas para los transportes de carga general.

Exenciones sin solicitud previa: Transportes de gases licuados de uso doméstico a puntos de distribución o consumidores; materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o consumo propio para el aprovisionamiento de vehículos de transporte; gasóleos de calefacción para uso doméstico; gases para Centros Sanitarios o particulares para asistencia domiciliaria; combustibles para puertos y aeropuertos o productos para el funcionamiento de Centros Industriales.

Itinerarios para la circulación: Se efectuarán los desplazamientos por la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas RIMP: AP-8 de Behobia a enlace BI-625 y del km. 115 al 129; A-8 del enlace AP-68 (km. 114) a Miraflores (km. 115) y desde enlace N-637 (km. 122) a Cantabria (km. 139); BI-625 del enlace AP-68 al enlace AP-8; AP-68 del enlace A-8 al límite de La Rioja; N-637 del enlace A-8 Barakaldo a enlace AP-8 Erletxe; N-622 de Vitoria a Altube AP-68; AP-1 del límite de Burgos a enlace A-1 en Armiñón; N-1 del límite de Burgos a límite de Treviño, del límite de Treviño al límite de Navarra y del límite de Navarra al enlace AP-8; A-15 del límite de Navarra Berastegi a Andoain enlace N-1).

Estará prohibido circular por el túnel de Malmasín, salvo las exenciones previstas por el ADR. El tránsito por la N-634 sólo se utilizará para acceder o salir de Bilbao.

Transportes especiales

Los transportes que por sus características técnicas o por la mercancía que transportan precisen autorización especial para circular, tienen restringida la circulación los sábados y vísperas de festivos desde las 13 hasta las 24 horas y los domingos y festivos desde las 0.00 h hasta las 24 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8 hasta las 24 horas.

martes, 7 de enero de 2014

CHALECOS DE SEGURIDAD PARA EMBARAZADAS


'Emobikids', una empresa spin-off de la Fundación para la Investigación y Desarrollo en Transporte y Energía (Cidaut), ha desarrollado un sistema de seguridad vial que permite adaptar el cinturón de seguridad a la anatomía de las mujeres embarazadas y que, según se ha comprobado en las pruebas de impacto, reduce en un 53 por ciento el riesgo de daño fetal.


'Emobikids', una empresa spin-off de la Fundación para la Investigación y Desarrollo en Transporte y Energía (Cidaut), ha desarrollado un sistema de seguridad vial que permite adaptar el cinturón de seguridad a la anatomía de las mujeres embarazadas y que, según se ha comprobado en las pruebas de impacto, reduce en un 53 por ciento el riesgo de daño fetal.


El sistema, que fue ideado por Mónica Díez una ingeniera del centro de Cidaut en Boecillo (Valladolid) durante su primer embarazo, se comercializa desde 2012 en las tiendas especializadas en puericultura de Bayón, en El Corte Inglés y también, fuera de España, como la cadena alemana BabyWalz.


El dispositivo consiste en un chaleco que mantiene, mediante unas guías, las dos bandas del cinturón de seguridad al completo colocadas en la posición óptima para proteger tanto a la madre como al feto con la máxima eficacia en el momento del impacto.


El chaleco se ha sometido a test de seguridad que, como ha explicado la ingeniera, han demostrado una mejora "muy importante" en la seguridad del feto y de la mujer embarazada. Para la realización de estas pruebas de impacto, se ha utilizado un muñeco 'dummy' --de fisionomía humana-- altamente instrumentalizado y que simula el cuerpo de una mujer gestante.


Los resultados han apuntado que se reduce en un 53 por ciento el riesgo de daño fetal, un 57 por ciento la fuerza lineal transmitida a las vértebras lumbares de la embarazada, un 37 por ciento la aceleración de la pelvis, un 18 por ciento la aceleración del tórax y un 27 por ciento la fuerza de giro o momento transmitida a las lumbares.


Por ello, han asegurado que se trata del "cinturón de seguridad para embarazadas más seguro del mundo" y han recomendado que el dispositivo se use desde el principio hasta el final del período de gestación.


El objetivo final del proyecto desarrollado por Cidaut es reducir la mortalidad fetal y las lesiones de las embarazadas en accidentes de tráfico, pues según datos recogidos por la ingeniera --de la Fundación Mutual de Conductores o por un médico de familia de la Sociedad Catalana de Medicina Familiar y Comunitaria-- se calcula que en España los accidentes de tráfico pueden causar la interrupción de entre 200 y 700 embarazos cada año.


El chaleco 'Emobikids' se comercializa ya desde 2012 en Bayón, empresa vallisoletana especializada en puericultura, y en El Corte Inglés. En 2013 se han unido otras compañías de distribución como la cadena alemana BabyWalz.


"CARENCIAS DE SEGURIDAD" DURANTE EL EMBARAZO


La ingeniera que puso en marcha el proyecto en Cidaut ha relatado que la idea surgió cuando durante su primer embarazo observó que, al utilizar cojines para bajar la banda pélvica del cinturón de seguridad se producían "numerosas carencias de seguridad".


Además, ha apuntado que otras mujeres optan por malos usos de este dispositivo durante el embarazo, como colocar la banda diagonal por detrás de la espalda o por debajo del brazo, sentarse sobre la banda pélvica, utilizar una pinza para mantenerla holgada, o sujetar ambas tiras para mantenerlas amplias y que no aprieten el cuerpo.


Durante la fase de investigación previa al desarrollo del producto, en Cidaut se comprobó que los productos que existen en ámbito mundial para mejorar la seguridad pasiva de las embarazadas dentro del vehículo no habían sido sometidos a tests de impacto que demostraran la mejora de seguridad que podrían suponer. Además, consideran que ninguno de ellos actúa sobre la banda diagonal del dispositivo.



Mas info en Emobikids

domingo, 5 de enero de 2014

Cómo consultar su saldo de puntos.




¿Quiere conocer su saldo de puntos? Siga estas instrucciones paso a paso:



1. En primer lugar, entre en la página web de la Dirección General de Tráfico, www.dgt.es y haga click en el apartado “Consulte su saldo de puntos”.


2. En la siguiente pantalla, pulse sobre “Consultar saldo de puntos”, con o sin certificado, según sea el caso. El caso más frecuente es no disponer de certificado digital.


3. Si ya ha utilizado este servicio antes y tiene contraseña, con introducir su NIF y la clave de acceso (contraseña) obtendrá inmediatamente su saldo de puntos.


4. Si no ha utilizado anteriormente este servicio, haga click sobre el botón “Solicitar clave de acceso a la consulta de saldo de puntos” para solicitarla.


5. Introduzca su nombre y apellidos, NIF/NIE y la fecha de expedición de su primer permiso (no la de renovación), y un correo electrónico donde, con bastante rapidez, unos minutos, recibirá la clave (contraseña).


6. Vuelva a www.dgt.es y repita los pasos con su nueva clave. La primera vez que entre, por seguridad, debe cambiar esta clave por la que usted elija.



7. Conserve la clave definitiva: la necesitará cada vez que quiera saber su saldo de puntos. En caso de que se le olvide, no se preocupe, podrá solicitar que le envíen una nueva al correo electrónico que indique.

sábado, 4 de enero de 2014

Unidad de victimas de accidentes de tráfico




Objetivos generales de la unidad

El Objetivo fundamental de la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Trafico, es configurar y coordinar una red integral de ámbito nacional de información y atención a las víctimas de accidentes de tráfico. De este modo, a través de las Unidades de Información ubicadas en las Jefaturas Provinciales de Trafico, se facilite el acceso de las víctimas a los recursos existentes, se vele por sus derechos y se promueva la participación de las instituciones y las administraciones locales, autonómicas y nacionales.

Mediante este primer Objetivo, la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Trafico ofrece paliar la victimización primaria (la que se deriva del propio accidente de trafico) y disminuir la victimización secundaria (derivada de la relación que se establece entre la víctima y el sistema jurídico-penal, policial, social y sanitario), facilitando las actuaciones especializadas que en distintos ámbitos han podido verse afectados gravemente en la vida de las víctimas: la familiar, la social, la laboral, el económico y sobre todo el ámbito personal.

Objetivos específicos

Los Objetivos que la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Trafico implican dos niveles diferenciados de actuación:

El Nivel Primario comprenderá entre otras:
  • Todas aquellas acciones encaminadas a la concienciación y difusión de la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Trafico entre todos los profesionales directamente implicados en la atención a las víctimas de accidentes de tráfico. Es decir: Poder Judicial (Fiscales, jueces, magistrados, médicos y psicólogos forenses, Oficinas de Víctimas); cuerpos de la Policía Local, Nacional y Autonómica, Guardia Civil; Colegios de Abogados y de Psicólogos; personal de los Servicios Sociales comunitarios y especializados; Ministerio y Consejerías de Salud (personal sanitario médicos, A.T.S.; Urgencias); Protección Civil y etc.
  • Dar a conocer la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Tráfico para concienciar a la población en general y ofrecer el servicio de información integral. Las conferencias, charlas, mesas redondas, trípticos, publicaciones, etcétera, dirigidas especialmente a la población en riesgo o a profesionales que trabajan con las mismas. En ellas se tratará tanto la difusión de la Unidad como cualquier aspecto relacionado con la Prevención y la Intervención.

En el Nivel Secundario se materializa el trabajo directo con las víctimas: ofreciéndoles toda la información necesaria en cada caso a través de una atención personalizada y cercana desde cada una de las Unidades de Información ubicadas en las Jefaturas Provinciales de Trafico.

Para conseguir los objetivos señalados se establece un plan de actuación que implica de manera activa a la víctima en su propio proceso de normalización, facilitándole todos los recursos disponibles para que sea ella la protagonista del mismo.

Este plan de actuación comprende cuatro fases que se realizará desde las Unidades de Información de todas las Jefaturas Provinciales de Trafico:
  1. Asistencia inicial y valoración de cada caso.
  2. Información y orientación
  3. Intervención y/o derivación
  4. Seguimiento.
Funciones

Por todo ello, la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Trafico realizará las siguientes funciones:
  • Promover y velar por los derechos de las víctimas de los accidentes de tráfico, realizando las actuaciones necesarias para OFRECER la información asistencial integral, tanto a ellas como a su entorno familiar y social.
  • Velar porque las víctimas reciban todas las ayudas posibles establecidas, y, en particular, impulsar las actuaciones encaminadas al restablecimiento de la situación previa al accidente.
  • Propiciar el contacto interinstitucional e intrainstitucional entre las entidades públicas y privadas que actúan en las diversas fases de victimización de un accidente de tráfico.
  • Facilitar y generar los procesos de coordinación y de colaboración.
  • Realizar y mantener actualizado un inventario de servicios públicos y privados que puedan ser de utilidad para las víctimas, con expresión de los servicios que presten, estableciendo los contactos institucionales que permitan tales beneficios de forma rápida y eficaz.
  • Promover, impulsar y coordinar la actuación de los diferentes órganos o entidades competentes en relación con los procesos de ayuda o asistencia a las víctimas de los accidentes de tráfico.
  • Constituirse como órgano de interrelación y coordinación entre todas las Administraciones Públicas, entidades, agentes y profesionales públicos y privados relacionados en la materia de atención a las víctimas.
  • Emprender todas las acciones encaminadas a la concienciación, formación y difusión entre los profesionales directamente implicados en la atención a las víctimas de los accidentes de tráfico.
  • Dar a conocer la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Tráfico, con el objetivo de concienciar a la población en general y de ofrecer la información necesaria respecto a la prevención y actuación posterior al accidente de tráfico.
  • Programar un Proyecto Anual de Formación, Reciclaje, Actualización y de Divulgación que comprenda a los distintos profesionales que asisten a las víctimas.
  • Potenciar la formación e investigación en materia de víctimas de accidentes de tráfico, elaborando las estadísticas, propuestas de estudios y etc.
  • Difundir y analizar la memoria anual de la Unidad de Coordinación en materia de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
  • Emitir cuantos informes sean necesarios.
  • Cualquiera otra de análoga índole que pueda encomendársele.

Funciones básicas del trabajo en las unidades de las JPT’s

1.-Atención al público tanto directa como por teléfono y correo:
  • Poblaciones muy sensibles.
  • Tienen que recibir mucha información y muy variada: legal, psicológica, de servicios, etc.
2.-Contacto con las entidades públicas y privadas que están trabajando con las víctimas.
  • Intercambio de información de los servicios prestados.
  • Actualización de datos de los recursos.
  • Derivación y contacto con los servicios con los que se colabore.
3.-Toma de datos de los usuarios.
  • Informatización de los datos.

Documentos de interés
Agenda de correos y teléfonos


Aspectos legales

Aspectos psicológicos


Aspectos sociales


Protocolos


Asociaciones.Directorio

viernes, 3 de enero de 2014

COCHES QUE EVITAN LOS ACCIDENTES



La salida de la vía es la principal causa de accidente en carretera. Y algo muy relacionado con ello, la distracción, está detrás del 39% de los accidentes con víctimas. Los sistemas de aviso de carril pueden incluso mover el volante y frenar para volver a encarrilarte. Los sistemas de seguridad de tú vehículo deberían ser lo más importante.


MAS INFO EN REVISTA TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL

jueves, 2 de enero de 2014

¿De qué lado está la tapa del tanque?

Seguramente alguna vez alquilaste un coche y al momento de entrar en una estación de servicio, para ponerle gasolina, te surgió la duda:
 ¿De qué lado está la tapa del tanque?


O puede que tengas más de un coche, seas algo despistado y, de vez en cuando, se te olvide de qué lado tiene la tapa cada coche, como me pasa a mi (¿Alzheimer a la vista?).

¿Qué hacer? 
¿Sacar la cabeza por la ventana, estirar el pescuezo y tratar de ver la tapa?..
¿Elegir al azar, con un 50% de probabilidad de errar? Nada de eso....
La solución esta justo debajo de tu nariz y seguramente no la conoces.
Tengo cerca ya de 25 años de experiencia en este mundo de la seguridad vial  y recién ahora me vengo a enterar ... gracias a internet.
Miré los manuales de mis coches y, por supuesto, no dicen nada al respecto (además, ¿quién lee los manuales?). Parece que es uno de los secretos mejor guardados de la industria automovilística. Pero te lo voy a contar, para que veas la luz, como yo, y dejes de sacar la cabeza por la ventana.

Seguramente, el indicador de gasolina de tu coche es algo más o menos así:

Bueno, esa flechita (◄) al lado del símbolo del surtidor de gasolina te está indicando de qué lado está la tapa. 






Así de sencillo.




martes, 31 de diciembre de 2013

DISTANCIA DE SEGURIDAD

Acercarse demasiado al vehículo que te precede es agobiante para el que va delante de ti y peligroso para los dos. 165 personas murieron el año pasado porque alguien no respetó la distancia de seguridad. Aunque el principal responsable eres tú, hay tecnologías que te pueden ayudar. Por ejemplo, el control de distancia de seguridad (ACC) 
¿Sabes cómo funciona?

lunes, 30 de diciembre de 2013

Carta a titulares de vehículos

La DGT ha iniciado una campaña de comunicación a todos los propietarios de un vehículo con más de 10 años de antigüedad sobre los riesgos de conducir un coche antiguo.
Tráfico ha habilitado un espacio en su web para solicitar la baja definitiva del vehículo. La mayoría de los coches afectados son de los años 60 y 70.

ERROR EN LOS DATOS

¿Qué pasa si te llega una carta de un coche del que no sabes nada desde hace años? 
En la mayoría de los casos lo más probable es que se trate de errores del propio registro así que si has recibido una carta señalando que eres el titular de un coche que ya no tienes, deberás contactar con Tráfico para que actualice la situación.

BAJAS

Muchas cartas llegan por haber realizado procedimientos incorrectos en su momento. 
Si se realizó una baja temporal en lugar de una definitiva, para Tráfico el coche sigue existiendo y tiene un dueño, otra cosa es que no pueda circular y no se cobren impuestos (como el IVTM) debido a esa baja temporal.

Si el coche fue llevado a un desguace y te ha llegado la carta es posible que el centro no pudiera gestionar esa baja. En este caso una de las soluciones es remitir a Tráfico el certificado de destrucción del vehículo. Si no tienes este documento otra opción es pedir el justificante de la baja definitiva que puede emitir la propia Dirección General de Tráfico. 

TRANSMISIÓN

Más casos recurrentes son los de personas que afirman haber recibido la carta de titularidad de un vehículo que ya fue vendido. Comprueba si se hizo un contrato que legitimara la transmisión y si se hicieron los correspondientes pasos en Hacienda y Tráfico. Si es así, puede ser interesante pedir un Informe de Vehículos a Tráfico sobre el vehículo en cuestión donde consta la titularidad del vehículo; si se dejó algo si hacer, ahí es donde está el problema.

TITULAR FALLECIDO

Hemos observado que también hay muchas quejas de haber recibido la famosa carta a nombre del titular del vehículo, ya fallecido. Es posible que en los trámites propios de la herencia los herederos no incluyeran el coche, por lo que aún estaría pendiente el cambio de titular del coche que pertenecía al fallecido. Si aún tienes el vehículo, basta con hacer los trámites de cambio de titularidad en la Delegación de Hacienda y en la Jefatura Provincial de Tráfico. Si el coche hace años que ya no lo tienes, seguramente estemos ante uno de los casos anteriores: problemas con la baja o transmisión del coche o un error del Registro de Vehículos de Tráfico.

Os dejo a continuación, pasos que debéis seguir si os ha llegado una carta sobre vuestro vehículo y os ha generado dudas al respecto.


Si usted ha recibido una carta de la DGT con información de un vehículo de su titularidad con una antigüedad superior a diez años y el vehículo:
  • ya no existe
  • fue sustraído y no le consta que el mismo circule
  • se entregó hace años en un desguace
  • el titular ha fallecido
  • se vendió hace tiempo
  • nunca perteneció a la persona que ha recibido la carta

Para tramitar la baja deberá aportar la siguiente documentación:
  • Solicitud de baja cumplimentada. Descargar solicitud (impreso).
  • Acreditar su identidad (copia del DNI o NIE).
  • Aportar copia del informe del vehículo que usted ha recibido.
Si usted desea retirar definitivamente de la circulación un vehículo que obra en su poder, deberá entregarlo en un Centro Autorizado de Tratamiento.

Si usted ha recibido una carta de la DGT con información de un vehículo de su titularidad en la que hubiera detectado un error u omisión de información tales como:
  • Vigencia Inspección Técnica
  • Datos técnicos del Vehículos
  • Domicilio de notificaciones del titular
  • Domicilio fiscal del vehículo

Para tramitar la actualización deberá aportar la siguiente documentación:
  • Solicitud de actualización cumplimentada.Descargar solicitud (impreso).
  • Acreditar su identidad (copia del DNI o NIE).
  • Aportar copia del informe del vehículo que usted ha recibido.
  • Aportar documentación que acredite el cambio solicitado (Informe Inspección ITV, copia Ficha ITV, o justificante del domicilio fiscal).

Puede solicitar la baja o actualización de los datos sin limitación de plazo:
  • En la Jefatura Provincial de Tráfico que elija.
  • O bien remitiendo un escrito al apartado de correos 20108, CP 28080 MADRID.
  • Presentando la documentación solicitada en cualquier oficina de Correos. Consulte aquí las oficinas disponibles.

Modelo de Solicitud de Baja

Modelo de Solicitud de Actualización

viernes, 27 de diciembre de 2013

Consejos para circular con climatología adversa

En España no estamos tan acostumbrados como en otros países a circular con climatología adversa, así que en este vídeo te damos unos consejos básicos para conducir con nieve, lluvia, niebla, etc.


¿Simplificación administrativa en el transporte sanitario?


A partir del 1 de enero de 2014, las empresas que pretendan prestar el transporte sanitario por carretera deberán obtener la autorización administrativa previa, que habilite dicha actividad. 

A pesar de que la tendencia legislativa actual pretende simplificar las trabas administrativas, en algunas ocasiones, la obtención de autorizaciones tiene su justificación en su objeto social, y peculiaridades del servicio que la empresa pretende prestar. 

En el caso del transporte sanitario, no son pocos los requisitos exigidos para la prestación del servicio, resultando de aplicación una diversidad de normas tanto de ámbito estatal como autonómico y municipal. Así, el pasado 29 de julio, se publicó en el BOE la Orden PRE/1435/2013 , que desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera, que establece el régimen jurídico de obtención y uso de las autorizaciones de transporte sanitario por carretera.

La citada norma establece la obligación de obtener una autorización para aquellas empresas que pretendan realizar el transporte sanitario por carretera, ya sea público o privado complementario, a excepción del transporte sanitario oficial de los órganos de la Administración con vehículos de su titularidad. 

Dicha autorización, ya prevista en la regulación anterior, resulta novedosa en cuanto a sus requisitos, contenido y características. La autorización habilitará para ejercer el transporte en todo el territorio nacional y no tiene plazo concreto, pero su validez quedará condicionada tanto a la comprobación periódica de las condiciones de su otorgamiento como a las condiciones obligatorias del visado que debe realizarse cada dos años. No obstante se prevé la posibilidad de que la Administración compruebe, en cualquier momento, los requisitos y condicionantes, recabando de su titular la documentación pertinente. Una de las principales novedades ha sido la simplificación del número de autorizaciones de cada empresa, pues ya no se requiere que cada vehículo obtenga una autorización, sino que se otorgará una única autorización a la empresa, y sus vehículos únicamente deberán llevar a bordo una copia certificada de la autorización administrativa. 

Ahora bien, para obtener la copia certificada el vehículo necesitará la certificación técnico-sanitaria en vigor, que resulta obligatoria para los vehículos sujetos al  Real Decreto 836/2012, y requiere cumplir unos requisitos, entre los que resultan novedosos: la antigüedad no superior a diez años del vehículo desde su primera matriculación, la adaptación a las condiciones técnico sanitarias y la necesidad de disponer de personal técnico adecuado para cada tipo de vehículo. En cuanto al régimen jurídico de las autorizaciones de transporte público se modifican los requisitos, resultando novedoso contar con un número mínimo de vehículos, trabajadores y conductores, su cualificación técnica, y la necesidad de estar en posesión del certificado ISO 9001. 

En cuanto a las autorizaciones de transporte privado complementario sanitario, las mayores novedades consisten en: justificar una finalidad principal distinta al transporte sanitario, contar con vehículos que dispongan de la certificación técnico-sanitaria y disponer de un número de conductores con características técnicas adecuadas. 

En conclusión, las medidas establecidas en la Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, resultan adecuadas para garantizar una mayor seguridad en el transporte terrestre sanitario y una mayor calidad del servicio, y con carácter general, tienden a una clara simplificación administrativa. No obstante, tratándose de un servicio tan importante y peculiar como el servicio de transporte sanitario continúan siendo múltiples los requisitos a satisfacer, por lo que es necesario avanzar un paso más hacia la simplificación administrativa y lograr una mayor facilidad y sencillez para las empresas que deciden prestar este servicio.

jueves, 26 de diciembre de 2013

Instrucción DGT 13/ C-112, sobre modificación del Reglamento General de Conductores

La próxima entrada en vigor de la Orden INT/2229/2013 y con ella las diferentes Directivas Europeas sobre el permiso de conducción hace necesaria la modificación del Reglamento General de Conductores en algunos aspectos.
Os dejo esta Instrucción de la DGT que nos aclara algunos conceptos sobre estas modificaciones.
Espero que os resulte útil.


ENLACE DE DESCARGA

martes, 24 de diciembre de 2013

ACUAPLANING

Cuando se habla de mal tiempo lo primero en lo que solemos pensar es en lluvia. La lluvia está presente en 8 de cada 10 accidentes con mal tiempo y una de las situaciones más peligrosas es el aquaplaning. Aquí os lo explicamos..


Mas info en: DGT

lunes, 16 de diciembre de 2013

Las molduras en paragolpes delanteros se consideran reforma de importancia.


Las estaciones de ITV de numerosas comunidades obligan a retirarlas si no se legalizan


Las Comunidades autónomas deben vigilar que en la información que el usuario recibe cuando compra un recambio o accesorio se advierta de las contraindicacionesque su uso pudiera tener, así como si su instalación requiere algún tipo de legalización.

AEAPress.- La organización de defensa de los conductoresAUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) ha advertido en una nota publica esta mañana que la colocación de molduras en los paragolpes delanteros de los vehículos constituye una reforma de importancia y debe ser legalizada.


AEA ha hecho esta alerta ante la proliferación de casos de automovilistas que adquieren e instalan estos accesorios en establecimientos abiertos al público que no informan de que se trata de una reforma de importancia y necesita legalizarse.

"Y no es hasta cuando tiene que ir a la ITV a pasar la primera inspección periódica –aclara el presidente de AEA, Mario Arnaldo-, cuando el usuario se encuentra con la desagradable sorpresa de que le declaran desfavorable el resultado de la inspección porque las molduras de goma que se adhieren a los paragolpes delanteros se considera una reforma de importancia que si no se legaliza constituye un defecto grave y así nos lo ha confirmado el propio Ministerio de Industria."



Confirmación del Ministerio de Industria a AEA

Efectivamente, la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria, Energia y Turismo, recientemente ha confirmado a AEA que "tal y como está explícitamente detallado en el apartado INFORMACION ADICIONAL correspondiente a la ficha 8.52 de la sección I del Manual de Reformas de Vehículos, las molduras delanteras son consideradas reformas."

La respuesta de Industria se produce como consecuencia de la consulta realizada por AEA al citado organismo para clarificar un asunto que afecta a miles de automovilistas a los que por una deficiente información a la hora de comprar un accesorio de libre acceso en el mercado se les ocasiona graves molestias y perjuicios.


AEA pedirá la intervención de las Comunidades Autónomas

Por tal motivo, AEA se va a dirigir a todas las Comunidades Autónomas con competencia en materia de consumo para que en la información que reciba el usuario cuando compre un recambio o accesorio se indique expresamente las contraindicaciones que pudiera tener su uso, así como si su instalación requiere algún tipo de legalización por considerarse una reforma de importancia.


Con esta alerta AEA quiere recordar una vez más -en defensa de los legitimos derecho de los automovilistas-, que "la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todos los bienes y servicios puestos a disposición de los consumidores y usuarios deberán incorporar, acompañar o, en último caso, permitir de forma clara y comprensible, información veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales y en particular sobre las instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, advertencias y riesgos previsibles."

Mas info en: 

jueves, 12 de diciembre de 2013

Farolas desencajables para reducir los daños en las colisiones



Es bien sabido que los elementos y mobiliario de una vía también afectan a la seguridad de la misma, y sobre todo a las consecuencias que se producen en caso de accidente. No es lo mismo despeñarse por un terraplén que ser retenido por un guardarraíl, ni chocarse contra una bifurcación rígida que contra una deformable. Las salidas de la vía vienen a suponer en España algo más del 19% del total de accidentes de tráfico.

Aunque pueda parecer extraño, un accidente bastante común es chocarse contra una farola, sobre todo en vías interurbanas en mega-núcleos con mucha población, o en vías urbanas. El choque contra un poste, farola o árbol es sobre todo más habitual en conductores jóvenes, en verano y de noche.




Las consecuencias de colisionar contra un elemento vertical y rígido son bastante severas, sufriendo el frontal del automóvil una deformación y daño considerables, debido a lapenetración violenta del elemento “tipo poste”. En España, en un año se pueden llegar a producir hasta 11.000 accidentes contra mobiliario urbano, de diferente tipo, y de diferente gravedad.

Uno de esos accidentes es chocarse contra una farola, o mejor dicho contra el báculo de la luminaria urbana, si queremos ser más técnicos. Una farola está anclada al suelo mediante una placa de anclaje y al menos cuatro pernos, que la sujetan a un pequeño elemento de cimentación, normalmente una pequeña zapata de hormigón oculta bajo el pavimento.

La unión es rígida y cuando un automóvil impacta contra una farola lo normal es que esta permanezca en su lugar, y como mucho, según la velocidad con la que se choque, el báculo se deforma o incluso llega a doblarse y vencerse, pero permanece en su sitio.

Anclaje de báculo desencajable

Algunas personas han estado dándole vueltas a cómo se podría reducir la violencia con la que un coche impacta contra una farola, y reducir con ello los daños que se producen en el mismo. En Sistemas Palazón, una empresa española, han patentado una nueva forma de anclaje de báculos.

Este anclaje no es realmente fijo, sino que si se aplica cierta fuerza horizontal se desencaja la farola. Sobre la cimentación de hormigón se coloca un fusible tipo cajón que en verdad son dos mitades, una encima de la otra, y unidas mediante dos carriles.

La parte inferior del cajón estará sujeta a la cimentación, y la parte superior del cajón estará sujeta al báculo. Lo que pasa es que la parte superior puede deslizarse sobre la inferior en una dirección. En condiciones normales no se desliza, y con viento o con un choque a baja velocidad, por debajo de 20 km/h, tampoco se desliza ni desencaja.


En cambio si el choque es más fuerte, a mayor velocidad, sí se desliza y se desencaja. Funciona eso sí solo en una dirección, la misma dirección que la de circulación de la vía (longitudinal) y hasta 45º de ángulo. Si se choca contra la farola en sentido transversal, no se desliza.

De modo que cuando un automóvil choca contra una farola con este tipo de anclaje esta se desencaja y el vehículo “se la lleva por delante”. En ese momento además se corta automáticamente el suministro eléctrico a la luminaria. Las pruebas que se han realizado muestran que los daños que sufre el frontal del coche son menores.

El sistema puede ser interesante, y sería oportuno que los ingenieros de tráfico y movilidad estudiaran su utilidad real en diferentes circunstancias y vehículos.

Yo le veo tal vez un inconveniente que habría que estudiar, la farola se desencaja, y se mueve del sitio, y eso hay que tenerlo en cuenta, pues se va a desplazar y acabará en otro lugar, y puede golpear en el movimiento y caída a otros objetos, vehículos e incluso peatones. En principio por la propia inercia del choque, se desplaza con él en su misma dirección.

Imagen | Motorpasión
Vídeo | Sistemas Palazón – YouTube
Mas info en Circula Seguro

sábado, 7 de diciembre de 2013

Las 10 infracciones al volante menos conocidas por los conductores.-

Este jueves arrancó la primera operación salida del mes de diciembre, en la que se producirán cinco millones de desplazamientos, según los datos de la Dirección General de Tráfico. En total, en diciembre se desplazarán más de 16 millones de vehículos y se impondrán unas 325.000 denuncias por infracciones de tráfico.

Muchos conductores desconocen las nuevas normas que han entrado en vigor en los últimos meses. Además de las sanciones más obvias, hay una serie de situaciones al volante que pueden suponer un importante gasto, tanto en euros como en puntos para el conductor. 

Éstas son las diez infracciones menos conocidas por los conductores que implican elevadas sanciones:


Maquillarse y comer: cualquier acto al volante que pueda ser considerado como una distracción, como comer, maquillarse e incluso afeitarse conlleva una multa de 200 euros y la retirada de 2 puntos del carné de conducir.


Asomar la mano o el codo por la ventanilla: conducir con el brazo fuera del coche puede ser motivo para recibir una sanción de hasta 80 euros.


Conducir sin camiseta o sin calzado: aunque no es habitual en esta época del año, conducir sin camiseta implica una multa de hasta 200 euros, la misma con la que se puede sancionar a un usuario que conduzca descalzo.


Música demasiado alta: llevar el volumen de la radio demasiado alto al pasar por un núcleo urbano o una zona de descanso como un hospital conlleva una multa de 80 euros.


Llevar un cartel de "se vende" en el coche: aunque es una práctica muy extendida, algunos ayuntamientos prohíben este tipo de carteles en los automóviles alegando que se trata de un uso inadecuado de la vía pública. La sanción en este caso puede alcanzar los 200 euros.


Cuidado con los objetos decorativos: llevar colgado un tirachinas artesanal del espejo retrovisor le costó en 2010 a una coruñesa una multa de 300 euros por tenencia ilícita de armas.


Tocar el claxon sin motivo: sólo está permitido tocar el claxon cuando existen motivos justificados para ello, como evitar un accidente. Hacerlo por otras causas está penado con 80 euros.


Circular por el carril central o el izquierdo: circular por el carril central o el izquierdo cuando el derecho está libre es motivo de denuncia. La multa por hacerlo alcanza los 200 euros.


Documentación incompleta: si un agente de tráfico detiene un vehículo que no ha pasado la ITV el conductor será sancionado con 200 euros. Además, tener el carné de conducir caducado implica la misma sanción, e incluso no avisar a la DGT de un cambio de domicilio es motivo suficiente de denuncia, en este caso por 80 euros.


Saltarse un semáforo en ámbar: aunque muchos conductores aceleran cuando ven el semáforo en ámbar, lo cierto es que está prohibido hacerlo y sólo se permite cuando se está tan cerca del semáforo que no es posible frenar. Esta infracción supone una multa de 80 euros.

viernes, 6 de diciembre de 2013

CHEQUEOS BÁSICOS AL VEHÍCULO.

Conducir en otoño o invierno a veces se convierte en una tarea complicada e incluso peligrosa. Lo primero que tenemos que hacer es tener nuestro vehículo preparado. Aquí podéis ver los chequeos básicos que debemos hacer para mejorar la seguridad.


Mas info en: DGT

jueves, 5 de diciembre de 2013

¿Ya tienes destino para el puente?

¿Ya tienes destino para el puente? ¿te vas con amigos, con pareja, con la familia?

Como son pocos días todos queremos aprovecharlos al máximo: salir pronto para llegar cuanto antes… 
Al volante las prisas significan acosar al resto de conductores, dar frenazos y acelerones, no respetar la distancia de seguridad...
Este tipo de comportamientos genera riesgos y por supuesto no te hará llegar antes.

Mas info en: DGT

lunes, 2 de diciembre de 2013

Conducir con el carnet de conducir caducado: ¿qué multa me puede caer?



Una sanción bastante común son las multas por carnet de conducir caducado. Y no es de extrañar, ya que los plazos de renovación del carné de conducir son largos. Las multas por carnet de conducir caducado suelen tener su origen en despistes respecto a los pazos de vigencia, ya que los permisos ordinarios para turismos tienen una validez de 10 años hasta que el conductor cumpla los 65, momento a partir del cual se reduce a 5 años. En el caso de los conductores profesionales, taxistas y conductores de autobuses, la validez del permiso es de 5 años hasta los 65, y de 3 años a partir de entonces. 

Con el carnet caducado no se puede conducir. Si nos para la policía las consecuencias son: 

- Multa de 200 euros, con posibilidad de que se reduzca a 100 si lo pagamos en el plazo que nos indiquen 

- No lleva retirada de puntos. 

- El responsable es siempre el conductor, no el dueño del coche. 

Si te va a caducar el carnet de conducir, conoce los pasos para renovarlo:


Dónde acudir para renovar el carnet de conducir

No todos los conductores sabemos que ahora mismo renovar el carnet de conducir es más sencillo. Sólo hay que acercarse a un centro de reconocimiento médico y someterse alexamen psicotécnico , presentar la documentación (carné caducado) y realizar allí mismo elpago de la tasa. Puedes consultar la página web de la Asociación Española de Centros de Reconocimiento de Conductores para acceder a un amplio listado de centros a los que puedes acudir. La solicitud de renovación del carné de conducir puede presentarse dentro del período de tres meses anterior a la fecha de la pérdida de vigencia de la autorización de que se trate. Adelantar la presentación de la solicitud no va a suponer, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.

Las tasas de Tráfico son unos 22 euros y el precio del reconocimiento médico oscila entre los40 y 50 euros, por lo que renovar el carné de conducir cuesta en total unos 60 ó 70 euros. El precio del reconocimiento puede variar de un centro a otro y los mayores de 70 años están exentos de pagar las tasas.
El examen psicotécnico

Para pasar el examen psicotécnico hay que dar apto en una serie de pruebas auditivas, visuales y de coordinación de movimientos. Se deberán rellenar también todos los apartados del protocolo para dejar constancia de su ejecución y el conductor tendrá que firmar una declaración para dejar constancia de que no padece ninguna enfermedad que pueda afectar a su comportamiento al volante.

Los conductores salen del centro de reconocimiento con un documento temporal por 90 días o hasta que llegue a casa por correo ordinario el nuevo carné definitivo expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Y si vas a un a Jefatura de Tráfico

Si finalmente decides acercarte a una Jefatura de Tráfico para renovar el carné de conduciren vez de hacerlo en un centro de reconocimiento médico deberás llevar la siguiente documentación:

· Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.

· Informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.

· Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.

· Una fotografía actualizada de 32 x 26 mm. en color, iguales a la que se halle adherida al certificado de aptitud. Cuando se trate de solicitantes que por su religión lleven el cabello cubierto , se admitirán las fotografías con velo, siendo la única limitación para su admisión, que el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona .

· Talón-foto, al que se hallará adherida la fotografía. Dicho talón-foto se obtiene en todas las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico
Si te pilla en el extranjero

Para solicitar la renovación del carné de conducir si te pilla en el extranjero deberás presentar la siguiente documentación a cualquier Jefatura Provincial de Tráfico:

- Talón-foto, al que se hallará adherida una fotografía. Cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente. El talón foto podrá solicitarse en la Embajada o Consulado. 

- Informe de aptitud psicofísica que será expedido por un médico del país donde se encuentre el interesado y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país con una fotografía reciente del solicitante. Deberá especificar la aptitud para la conducción.

- Copia del resguardo del pago de la tasa IV.3 (2012): 22,60 euros. El pago se realizará mediante transferencia bancaria POR EL IMPORTE EXACTO en euros a la Jefatura Central de Tráfico:

- c.c.c.: 0049 5103 79 2616578716
- IBAN: ES23 0049 5103 7926 1657 8716
- SWIFT: BSCHESMM

Los gastos de la transferencia serán por cuenta del interesado haciendo constar en el concepto de la misma y por este orden: 1º DNI - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.
Validez de los permisos de conducir

Los permisos ordinarios para turismos tienen una validez de 10 años hasta que el conductor cumpla los 65, momento a partir del cual se reduce a 5 años. En el caso de los conductores profesionales, taxistas y conductores de autobuses, la validez del permiso es de 5 añoshasta los 65, y de 3 años a partir de entonces. 

Mas info en DGT